17/7/2026 Por Luis Guillermo Pérez Casas / Defensor de derechos humanos y promotor de la Paz
Suspensión provisional de los efectos del acto de elección y suspensión de la posesión presidencial prevista para el 7 de agosto.
La parte demandante, dentro del medio de control de nulidad electoral promovido contra el acto administrativo: Resolución de la Sala Plena No. E-3181 del 24 de junio de 2026 mediante el cual el Consejo Nacional Electoral declaró la elección del ciudadano Abelardo Gabriel De la Espriella Otero como Presidente de la República de Colombia para el período constitucional 2026-2030, me permito ajustar la medida cautelar de urgencia solicitada de conformidad con la subsanación del medio de control integrada en la demanda, con fundamento en las siguientes consideraciones:
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